
La resolución 209 de 2020 argumenta que los trabajadores que ganen más de un salario mínimo podrán determinar el ingreso de base de cotización (IBC), mínimo sobre el 40% del valor de sus ingresos mensuales, teniendo en cuenta el esquema de presunción de costos de La Unidad de Pensiones y Parafiscales y reglamentado. Según el Ministerio de Hacienda, este esquema permitirá a los trabajadores que laboran de forma independiente organizarse a través de una tabla porcentual denominada “Coeficientes de costos”, dejando los valores de los porcentajes de esta manera:
Actividad | Porcentaje de costos respecto de los ingresos (sin incluir IVA) |
Agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca | 73,9% |
Explotación de minas y canteras | 74,0% |
Industrias manufactureras | 70,0% |
Construcción | 67,9% |
Comercio al por mayor y por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas | 75,9% |
Transporte y almacenamiento (Sin transporte de carga por carretera) | 66,5% |
Alojamiento y servicios de comida | 71,0% |
Información y comunicaciones | 63,2% |
Actividades financieras y de seguros | 57,2% |
Actividades inmobiliarias | 65,7% |
Actividades profesionales, científicas y técnicas | 61,9% |
Actividades de servicios administrativos y de apoyo | 64,2% |
Educación | 68,3% |
Actividades de atención de la salud humana y de asistencia social | 59,7% |
Actividades de artísticas, de entretenimiento y recreación | 65,5% |
Otras actividades de servicios | 63,8% |
Demás actividades económicas | 64.7% |
Rentistas de capital (No incluye ingresos por dividendos y participaciones) | 27,5% |
Es importante resaltar que los trabajadores independientes que no consideren beneficioso aplicar los coeficientes de costos pueden hacerlo a través de la deducción de costos que está establecida en el artículo 107 del estatuto tributario, en donde se permite deducir los gastos que tengan causalidad con la generación del ingreso necesarios, teniendo en cuenta que sean proporcionales y relacionados con la actividad.
Los empleadores que acrediten el pago de aportes a la Seguridad Social de los conductores vinculados laboralmente se podrán apalancar del esquema de presunción de costos desarrollado en la resolución 1400 de 2019.